Autónoma atendiendo su negocio
El Ministerio de Seguridad Social ha acordado con las asociaciones de autónomos prorrogar la prestación extraordinaria por cese de actividad más allá del 30 de junio, cuando vence su vigencia.
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, se reúne esta mañana con los representantes de las asociaciones de autónomos ATA, UPTA y Uatae, y comparecerán a las 15:00 para informar de los términos del acuerdo de prórroga de las ayudas que se han desplegado para este colectivo.
Según fuentes de la negociación, la prórroga de esta prestación, cuya cuantía asciende al 70 % de la base reguladora (unos 661 euros en el caso de los que cotizan por la base mínima), será por tres meses, hasta el 30 de septiembre.
La prestación se aprobó tras la declaración del estado de alarma por la pandemia del COVID-19 y tiene acceso a ella cualquier autónomo que se vea afectado por el cierre de negocios debido a la declaración del estado de alarma o cuya facturación caiga en el mes un 75 % respecto a la media mensual del semestre anterior. Estaba vigente hasta el último día del mes en que terminará el estado de alarma, es decir, hasta el próximo martes 30.
Más de 1,4 millones de autónomos cobraron a finales de año esta prestación extraordinaria, según datos de la Seguridad Social. Desde su puesta en marcha se han destinado 2.500 millones de euros a sufragar esta ayuda.
Las asociaciones de autónomos habían venido reclamando la ampliación de esta prestación económica por cese de actividad, así como otras medidas para proteger el colectivo. Entre ellas, mantener las exoneraciones del pago de la cuota a la Seguridad Social o mejoras en los sistemas de avales de los préstamos del Instituto de Crédito Oficial (ICO) o en las ayudas al alquiler.
Asimismo, habían pedido asimilar las ayudas a los trabajadores del régimen de artistas a los autónomos músicos o feriantes, así como los de la campaña turística, que se han quedado fuera, "para que puedan recibir la prestación extraordinaria por cese de actividad durante seis meses". Se trata de los denominados autónomos estacionales que no estaban cotizando cuando se declaró el estado de alarma y para los que han reclamado un subsidio.
También que el cobro de la prestación extraordinaria fuera compatible con la reanudación de la actividad.