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A partir de junio todos los jóvenes españoles que cumplan 18 años este año, y también los solicitantes de asilo, podrán acceder al Bono Cultural, una suerte de "monedero" con el que el Gobierno pone a su disposición 400 euros para gastar en productos culturales digitales y presenciales.
Tras la experiencia del Bono Cultural en países como Italia o Francia, España se suma a esta tarjeta monedero con la que el acceso a la cultura se pone al alcance de los más jóvenes. Estas son las claves del Bono Cultural cuya regulación ha sido aprobada hoy por el Consejo de Ministros:
- 400 euros, esta es la cantidad de la que se podrán beneficiar los jóvenes que cumplan 18 años a lo largo de 2022 para la adquisición y el disfrute de productos, servicios y actividades culturales. Un bono que será válido durante los doce meses siguientes a su concesión y que llegará a casi 500.000 jóvenes de toda España.
- También podrán solicitarlo los jóvenes que tengan la nacionalidad o residencia española, así como los que sean solicitantes de asilo en España (podrán hacerlo los refugiados ucranianos que cumplan 18 años en 2022).
- El bono subvencionará artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales: entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bibliotecas, exposiciones y festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales, hasta un máximo de 200 euros por beneficiario.
- También recoge la subvención de productos culturales en soporte físico: libros, revistas, prensa u otras publicaciones periódicas; videojuegos, partituras musicales, discos, CD, DVD, o los conocidos como Blu-ray, hasta un máximo de 100 euros por beneficiario.
- Cada persona beneficiaria podrá destinar hasta 100 euros al consumo digital o en línea: suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de lectura o audiolectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, compra de libros digitales (conocidos como e-books), suscripción para descarga de archivos multimedia (los conocidos como podcasts), suscripciones a videojuegos en línea, suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas.
- Las suscripciones a plataformas en línea con cargo al bono estarán limitadas a un máximo de cuatro meses, sin perjuicio de las ofertas comerciales que las plataformas puedan hacer a los beneficiarios para extender esta duración.
- La adquisición de productos de papelería como libros de texto curriculares, ya sean impresos o digitales; equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica.
- Material artístico, instrumentos musicales, espectáculos deportivos y taurinos, moda y gastronomía no serán subvencionables. No se cubrirá tampoco la adquisición de productos que hayan sido calificados como X o pornográficos.
- Si la compra de actividades o gastos subvencionables supera la cuantía total del bono, el beneficiario podrá abonar la diferencia hasta el precio total por cualquier medio de pago admisible por la entidad adherida.
- Los productos que se adquieran a través del Bono Cultural Joven podrán ser cambiados, si la entidad adherida lo autoriza, por un producto de igual o superior precio, pero en ningún caso podrá solicitarse la devolución del dinero.
- Las compras de productos culturales en soporte físico tendrán que ser recogidas de forma presencial, no será posible el envío a domicilio o a puntos de entrega.
- La gestión del programa se realizará a través de una plataforma tecnológica específica en la que se presentarán las solicitudes, que se tramitarán por orden de llegada. Una vez concedida la ayuda al beneficiario, se abonará el importe total concedido, en un único pago, en formato de tarjeta prepago virtual.
- Si el joven no dispone de un dispositivo móvil, excepcionalmente, se podrá emitir una tarjeta física.
- El Bono Cultural Joven será compatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras administraciones públicas.