Desde este martes 1 de junio está en vigor la nueva normativa respecto de la ITV. Esta nueva regulación es más estricta y ya está adaptada al Brexit.
Fallos graves
Una de las principales modificaciones es lo relativo al ABS. Si antes cualquier fallo en el sistema antibloqueo de frenos era considerado falta leve, ahora pasa a considerarse fallo grave, de manera que directamente el vehículo no pasaría la inspección hasta que no reparase ese fallo.
Lo mismo ocurre con el desprendimiento de los espejos retrovisores, que también pasa a considerarse un fallo grave, cuando hasta ahora era leve.
Hay que recordar que un defecto grave imposibilita al vehículo para transitar por la vía pública, a no ser que sea para trasladarlo al taller, por lo que conducir un vehículo con un defecto grave o sin haber pasado la ITV puede acarrear multas de hasta 500 euros.
En el lado positivo, si eres despistado puedes estar un poco más tranquilo: a partir de hoy los administrativos podrán comprobar el estado de tu permiso de circulación en el registro en el caso de no lo hayas presentado.
Adaptada al Brexit
La nueva regulación está también adaptada al Brexit. De esta forma, cualquier vehículo que llegue del Reino Unido será considerado procedente de terceros países, por lo que para su matriculación será necesario que realice todos los trámites de importación.
Por último, cabe recordar que circular con la ITV negativa en trayectos que no sean para ir al taller o a la propia ITV conlleva una multa de 500 euros.