La Sala Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 4 años de prisión y 20 años de inhabilitación al exgerente del Festival de Teatro Clásico de Mérida, Pedro Manuel Salguero, por delitos continuados de malversación de caudales públicos y prevaricación administrativa cuando ocupó dicho cargo.
El Supremo desestima íntegramente su recurso contra la sentencia de 12 de mayo de 2021 de la Audiencia Provincial de Mérida, que le condenó además a indemnizar con 208.600 euros al Consorcio del Patronato del Festival, descontando la suma que se acredite como pagada en el procedimiento de reintegro seguido en el Tribunal de Cuentas.
Según los hechos probados, el acusado, que fue gerente del consorcio Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida entre 2008 y 2011, no presentó en todo el periodo las cuentas anuales del mismo para su aprobación por su Consejo Rector, como venía obligado conforme al artículo 14 de sus Estatutos. Asimismo, no presentó las correspondientes liquidaciones del Impuesto de Sociedades en los años 2008, 2009 y 2010, levantando la Agencia Tributaria al Consorcio acta de liquidación de cuotas por ausencia de esa tributación.
Añade que la Agencia Tributaria también levantó al Consorcio actas de liquidación de cuotas sobre el IVA, correspondientes a los años 2008, 2009 y 2010 y actas de liquidación de cuotas por falta de ingreso de las retenciones sobre rendimientos del trabajo personal de los trabajadores afectos al Consorcio correspondientes a 2009, firmándose por el Consorcio las correspondientes actas de conformidad en fecha 16 de abril de 2012, ya con el nuevo Gerente.
Además, la Agencia Tributaria incoó contra el Consorcio los correspondientes expedientes sancionadores en relación con las liquidaciones de IVA y retenciones sobre rendimientos del trabajo personal de los trabajadores afectos al Consorcio. El total de esta deuda tributaria reclamada por la AEAT al Consorcio asciende a la suma de 605.980 euros.
Asimismo, durante todo el período que fue gerente, Salguero no atendió los numerosos requerimientos realizados por la Intervención General de la Junta de Extremadura encaminados a efectuar el control de carácter financiero del mismo de los ejercicios 2006-2010; asimismo, no atendió los requerimientos efectuados por la Agencia Tributaria en relación con los ejercicios 2008- 2010 y con los impuestos antes referidos.
Salguero fue gerente entre 2008 y 2011, pero ya desde 2006 ejerció esas funciones como jefe de Administración, señala la sentencia.
También se ha probado que durante todo este período, el Consorcio no contó con una contabilidad en forma, no reflejando la existente la realidad de su situación contable y económica. A fecha 27 de febrero de 2012, el Consorcio tenía una deuda estimada de 3.558.078 euros, más la deuda tributaria señalada con anterioridad.
Igualmente se constató que el acusado, actuando, bien como Jefe de Administración con delegación de las atribuciones que para el Gerente establecían los Estatutos del Consorcio Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida, bien como gerente del mismo, suscribió en nombre del Consorcio distintos contratos sin seguir procedimiento de contratación administrativa alguno, es decir, contratando de forma directa, y ello con conocimiento de que actuaba al margen de la normativa de contratación pública vigente en ese momento.