El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes un decreto por el que se fija el calendario de días festivos de Extremadura para el año 2020, en el que establece que el 1 de noviembre y 6 de diciembre, al coincidir en domingo, se disfrutarán en lunes.
Las fiestas laborales retribuidas y no recuperables en el territorio serán, por lo tanto, el 1 de enero, Año Nuevo; 6 de enero, Epifanía del Señor; 9 de abril, Jueves Santo; 10 de abril, Viernes Santo; 1 de mayo, Fiesta del Trabajo; y 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
A ellos se unen el 8 de septiembre, Día de Extremadura; 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; 1 de noviembre, Todos los Santos; 6 de diciembre, Día de la Constitución Española; 8 de diciembre, Inmaculada Concepción; y 25 de diciembre, Natividad del Señor, según la reseña de los acuerdos.
Serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, con el carácter de fiestas locales, otros dos días que serán determinados por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo, a propuesta del órgano competente de cada ayuntamiento.
Los ayuntamientos deberán formular sus propuestas y remitirlas antes del 15 de octubre de 2019 a la Dirección General de Trabajo.
28 Mayo 2019, 12:34
Actualizado 14 Enero 2021, 02:46