6 Mayo 2021, 21:32
Actualizado 6 Mayo 2021, 21:32

 

La Junta recupera la bonificación en el impuesto de donaciones. Es el principal anuncio en materia fiscal realizado por el presidente de la Junta de Extremadura durante su intervención en el Debate sobre el Estado de la Región.

Tras ese anuncio, hoy hemos conocido otro aspecto importante: la fecha en el que se aplicará. Según ha confirmado la Consejería de Hacienda a Extremadura Noticias, la bonificación se incluirá en la próxima Ley de medidas fiscales, y la previsión es que esté aprobada a finales de este año o a principios del próximo. Por tanto, los extremeños tendrán que esperar a 2022 para notar esa rebaja impositiva.

Hacienda también estima que el coste de la rebaja fiscal será de unos dos millones de euros. El experto en derecho tributario, Aurelio Guisado, ha celebrado que se acabe con la "doble o triple tributación" de este impuesto, ya que los donantes ya han pagado por una renta por cuya donación deberán volver a tributar.

Eso sí, advierte que la rebaja la notará el donatario, pero no el donante. La persona que transmite los bienes sí seguirá pagando por la diferencia que se produce en su patrimonio tras efectuarse la donación.

Acercar donaciones a sucesiones

Extremadura tiene bonificaciones en el impuesto de sucesiones, entre las que destaca la del 99% en herencias de padres a hijos. Sin embargo, en 2016 suprimió las bonificaciones en el impuesto de donaciones para evitar que los bienes se legasen en vida para pagar menos que en una herencia.

Ahora el ejecutivo vuelve a incentivar este impuesto. Fernández Vara ha confirmado que lo hace tras reunirse con los representantes de las Pymes y de la Empresa Familiar Extremeña, uno de los colectivos que más solicitaban pagar menos por las transmisiones inter vivos, entre las que destacan las donaciones de las propias empresas familiares.

La bonificación tendrá dos aspectos claves. Por un lado, "se unifican los beneficios fiscales generales aplicables a los sujetos pasivos incluidos en los grupos I y II". Es decir, las donaciones entre padres e hijos y entre cónyuges tendrán las mismas bonificaciones. Seguirá sin haber bonificaciones entre no familiares o entre familiares de menor rango como hermanos, primos o tíos y sobrinos

Por otro lado, esa bonificación variará dependiendo del valor de los bienes que se donen:

  • 99% de la cuota tributaria si la base fuera inferior o igual a 300.000 €
  • 50% entre 300.000 y hasta los 600.000 €
  • Por encima de 600.000 euros no existirá bonificación alguna

En el caso de personas con discapacidad las bonificaciones se incrementará en 150.000 €.