20 Marzo 2020, 7:29
Actualizado 14 Enero 2021, 03:33
El DOE publica hoy un nuevo decreto ley por el que se  establecen medidas liberalizadoras de los horarios de apertura de las actividades comerciales para los establecimientos de venta mintorista  que podrán permanecer abiertos al público durante los días no hábiles, eso sí solo y exclusivamente para la venta de productos y servicios básicos.
 
Son los referidos a alimentación, bebidas y productos de primera necesidad como los higiénicos. Se icluyen tambien productos veterninarios, incluyendo la alimentacion de animales de compañía, productos médicos, ortopédicos y opticos. Queda añadida la prensa y papeleria, el combustible para la automocion, los equpos tecnológicos y de telecomunicaciones.
 
Se aplicará durante el estado de alarma
 
La medida prentende minimizar el número de contagios y garantizár el abastecimiento de productos de primera necesidad. El mencionado Real Decreto indica que los establecimientos comerciales deben delimitar claramente los espacios accesibles al público dedicados a la venta de dichos productos  y que aquellos establecimientos que  abran domingos y festivos con productos distintos a los indicados serán sancionados .
 
Todo esto será de aplicacion mientras dure el estado e alarma y entrará en vigor a partir de mañana.
 
 
 
TEXTO: Ana Gragera
FOTO: Canal Extremadura