23 Julio 2024, 12:19
Actualizado 23 Julio 2024, 14:55

El portal de transparencia ha publicado el decreto por el que se regula la prestación de la interrupción voluntaria del embarazo en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crea el registro de objetores de conciencia para la interrupción voluntaria del embarazo. Este texto se ajusta a la reforma de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, aprobada por las Cortes Generales hace más de un año. La ley regula el derecho de la mujer a ser atendida en un centro sanitario del sistema público de salud, por lo que las administraciones deben organizar sus plantillas de tal forma que siempre haya un médico especialista que pueda atender este tipo de circunstancia, pero también la objeción de conciencia. 

La idea incluida en el decreto regional es que los centros sanitarios públicos de la región se organicen para que en ellos se puedan practicar abortos, y así garantizar ese derecho. Hasta ahora, en Extremadura sólo se puede hacer en clínicas privadas, y si quieren llevarlo a cabo a través de la sanidad pública, tienen que ir a otras autonomías. La norma recoge también la obligación de cada comunidad de crear un registro de objetores. A él pueden acogerse a todos los profesionales sanitarios que lo deseen , tanto de la sanidad pública como de la privada. Deberán presentar la una declaración por escrito al menos tres días naturales antes de la fecha del aborto. Después, el SES comprobará que se cumplen  los requisitos legales. El Registro se someterá al principio de estricta confidencialidad y no será público. 

Desde mañana, y durante 15 días, cualquier persona física o jurídica pueda examinar el proyecto de decreto y formular las alegaciones o propuestas. El documento está a disposición en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura

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