BADAJOZ
22 Septiembre 2020, 22:04
Actualizado 22 Septiembre 2020, 22:03

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al decreto ley que a partir de ahora regulará el teletrabajo en España. Una norma acordada con los agentes sociales y que llega 7 meses después del inicio de la pandemia.

Con ella el Gobierno asegura que se preservan los derechos fundamentales de todos los trabajadores y se inicia un proceso modernizador que cambiará las relaciones laborales tal y como las conocemos ahora. Además mejorará la productividad.

Definición de teletrabajo

La nueva ley considera teletrabajo aquel que se realiza en remoto durante al menos el 30 por ciento de la jornada laboral (lo que equivale a un día y medio a la semana) y por un periodo de tres meses.

La norma sólo se aplicará en ese caso, y siempre y cuando ese teletrabajo no venga forzado por la pandemia al decretarse confinamientos o tener que pasar cuarentenas.

Voluntario y reversible

El trabajo a distancia será voluntario y reversible para ambas partes. Tanto empleado como empresa pueden acordar por escrito y en cualquier momento el inicio o finalización de esta modalidad.

También por dificultades de adaptación al teletrabajo, sin que eso signifique el despido.

Horario flexible

La nueva ley permite mayor flexibilidad horaria. Las negociaciones colectivas establecerán las horas de disponibilidad obligatoria y los márgenes flexibles. Todo dentro de la jornada laboral, garantizando el registro horario y la conciliación.

Además el lugar elegido por el empleado para desempeñar su trabajo en remoto no tiene por qué ser el domicilio.

Y un derecho más en este apartado, el de la desconexión digital, ya que en palabras de la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, "no podemos estar permanentemente conectados ni trabajando todo el día".

Gastos a cargo de la empresa

La persona trabajadora no asumirá ningún gasto. El decreto aclara que es la empresa quien tiene que encargarse de la dotación y mantenimiento de todos los medios, equipos y herramientas que necesite el empleado.

Además, abre la puerta a que a través de la negociación colectiva puedan compensarse gastos derivados como luz, agua o internet.

Mismos derechos

El trabajador o trabajadora a distancia tiene los mismos derechos que si prestase sus servicios en el centro de trabajo.

La ley indica que no podrá haber diferentes condiciones laborales, tales como salario, estabilidad en el empleo, tiempo de trabajo, formación o promoción profesional.

Entrada en vigor

La nueva norma entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Aquellas empresas que ya tengan regulado el teletrabajo en sus convenios colectivos tienen dos opciones para su aplicación: bien hacerlo cuando el convenio finalice o una vez transcurrido un año.

 

Más Información
Imagen
Entrevista al presidente de CSIF Extremadura Benito Román por videollamada

El presidente de CSIF Extremadura defiende el acuerdo sobre teletrabajo

Imagen
Imagen de una persona ante un ordenador en su casa
my image

Un informe revela que la desconexión digital es una de las asignaturas pendientes del Teletrabajo