El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado este miércoles la adopción de medidas extraordinarias para frenar la transmisión de la Covid-19 en las localidades de Llerena, Ribera del Fresno y La Parra.
Según el Ejecutivo, "los datos epidemiológicos de estas localidades así lo requieren, ya que los parámetros objeto de análisis indican la necesidad de medidas preventivas de carácter excepcional para frenar la transmisión del virus"
706 casos por cada 100.000 habitantes en Llerena
En la localidad de Llerena, la incidencia acumulada a los 14 días es de 706 casos por cada cien mil habitantes; en los últimos 7 días, la incidencia acumulada es de 430 casos por cien mil.
Además, la probabilidad de ser un caso Covid- 19 en Llerena en los últimos 7 días ha sido casi cuatro veces superior a la del Área de salud y más de tres veces superior a la de Extremadura.
Otro indicador es que apenas el 30% de los casos de los últimos 14 días tienen trazabilidad.
En Ribera del Fresno, en los últimos 14 días, la incidencia acumulada es de 418 casos por cien mil habitantes y en los últimos 7 días la cifra es la misma, 418 casos por cien mil habitantes.
La probabilidad de ser un caso Covid-19 en los últimos 7 días ha sido 2,13 veces superior a la del Área y 3,29 veces superior a la de Extremadura.y de los casos confirmados en los últimos 14 días en la localidad, solamente el 50% tiene trazabilidad.
Con respecto a La Parra, en los últimos 14 días su incidencia acumulada es de 1.560 casos por cada cien mil habitantes; y en los últimos 7 días se sitúa la incidencia en 594 casos por cien mil.
La probabilidad de ser un caso Covid-19 en los últimos 7 días supera en siete veces al Área y a Extremadura.
Medidas extraordinarias
Al igual que en las otras poblaciones en su misma situación las medidas son:
- Limitar las reuniones a no más de 10 personas
- En los velatorios no podrán superar las 25 personas al aire libre, 15 en espacios cerrados
- Los lugares de culto no podrán superar un aforo del 50% así como las bodas, bautizos y comuniones y las celebraciones de esos ritos. Si es en locales de hostelería tendrán un máximo de 200 personas en caso de bodas y no superior a 30 en comuniones y bautizos, pero si se hace fuera de un recinto hostelero, se considerará una fiesta privada y el aforo de comuniones y bautizos será de 15 personas.
- Respecto a los establecimientos comerciales y grandes superficies el aforo será del 50%
- En la hostelería y restauración no se permitirá el consumo en barra y dentro del local será del 50% el aforo, al igual que en las terrazas y veladores.
- En bibliotecas, archivos, museos, salas de exposición, autoescuelas y academias también el aforo será del 50%.
- En los espectáculos taurinos el aforo será del 50%, pero no podrá superar las 400 personas.
- El turismo activo se limitará a 20 personas. También al 50% del aforo se aplicará a congresos y conferencias o reuniones empresariales o científicas.
- Los eventos o espectáculos multitudinarios no podrán superar las 400 personas.
La previsión es que las medidas para estas localidades se publiquen mañana jueves en el Diario Oficial de Extremadura y entren en vigor a las doce de la noche del día de su publicación.