La empresa podrá despedir a un trabajador si no se pone la mascarilla y lo establece el plan de riesgos laborales. Así lo aseguran los expertos laboralistas. Existen muchas dudas sobre el uso obligatorio o no en el trabajo, una vez el Gobierno ha eliminado su uso en interiores.
Por ejemplo, en Paradores Nacionales, los clientes pueden elegir entre llevar o no mascarillas, pero los sus trabajadores tienen que llevarla obligatoriamente, porque existe un riesgo, aunque sea pequeño. Así lo ha decidido el departamento de riesgos laborales de Paradores, una decisión que irá revisando cada mes. La relación directa con los clientes hacen que extremen las precauciones y prioricen la seguridad en la atención. La mascarilla se considera incluida en el Equipo de Protección Individual, el EPI, afirma la jefa de recepción del Parador Nacional de Mérida, Pepa Carvajal.
Pero, ¿qué pasaría si alguno de los trabajadores de las empresas que han decidido que el uso de las mascarillas sea obligatorio, se niega?. El abogado Fernando Cumbres afirma que el trabajador está obligado a llevar la mascarilla si así lo decide el departamento de riesgos laborales de la empresa en la que trabaja, y si no estuviera de acuerdo, podría recurrir ante la jurisdicción social. No obstante, si está justificado su uso y se niega, el trabajador podría enfrentarse a un despido o sanción.
Por lo general, la medida se entiende y se asume, en espera que con el tiempo podamos prescindir de las mascarillas.
¿Dónde debo llevar puesta la mascarilla en interiores y dónde no?