El Ministerio del Interior ha ordenado la prórroga de los carnés de conducir que caduquen durante el estado de alarma y ha levantado las restricciones a la circulación del transporte de mercancías para garantizar el abastecimiento de bienes esenciales.
Según una orden publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los permisos y licencias de conducción que caduquen durante el estado de alarma decretado por el coronavirus quedarán automáticamente prorrogados mientras dure y hasta sesenta días después de su finalización.
En el caso de los permisos de conducción extranjeros que son válidos para circular por el país durante seis meses y que después deben ser canjeados por un carné español, Interior ha decidido que se paralice el cómputo de ese plazo durante el estado de alarma.
Para los Documentos Nacional de Identidad (DNI), el Gobierno ya había acordado una prórroga de un año, de modo que los que caduquen a partir de la declaración del estado de alarma tendrán validez hasta el 13 de marzo de 2021.
De acuerdo con la última orden dictada por Interior, el Ministerio podrá cerrar a la circulación carreteras o tramos de vías por razones de "salud pública, seguridad o fluidez del tráfico" y restringir el acceso de determinados vehículos.
Los cierres y las restricciones no afectarán a los vehículos de auxilio y conservación de carretera y los destinados a la distribución de medicamentos y material sanitario, recogida de residuos, distribución de alimentos, transporte de combustibles, ganado vivo, mercancías perecederas o materiales fundentes.
Tampoco se verán afectados los coches fúnebres y los vehículos de Correos.
Para garantizar el suministro de bienes esenciales, la orden suspende las restricciones a la circulación que tiene el transporte de mercancías y determinados vehículos especiales decretadas tanto desde el Ministerio del Interior como desde las autoridades de Tráfico de la Generalitat de Cataluña y del Gobierno vasco.
TEXTO: EFE
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