17 Febrero 2021, 19:04
Actualizado 18 Febrero 2021, 08:13

José María Vergeles ha anunciado en comparecencia las nuevas medidas de flexibilización frente al COVID-19 que ha adoptado la Junta de Extremadura en Consejo de Gobierno.

Entre las novedades, se encuentra la ampliación del horario de apertura de todos los negocios para acompasarlos al toque de queda. Es decir, hostelería, comercio y negocios deportivos o culturales podrán abrir hasta un horario que permita volver a sus clientes antes de las 22:00.

La medida entraría en vigor el sábado y solo precisa de una condición: que la región baje de los 250 casos de incidencia acumulada. Algún muy probable, ya que esa incidencia hoy miércoles se sitúa en los 183 casos y la tendencia es aún descendente (la incidencia a 7 días es de 58 casos por 100.000 habitantes y y la tasa de positividad también está descendiendo).

se mantendrían las medidas de restricción de aforo actualmente en vigor. Estas fueron las aprobadas la pasada semana, aunque habrá que esperar a la publicación del DOE para ver si se produce algún cambio:

Hostelería

Para que la apertura sea segura debe cumplir los siguientes condicionantes:

  • En el interior del local no se podrá superar el aforo del 40%
  • En las terrazas, el porcentaje de ocupación no podrá superar el 50% de las mesas permitidas salvo que por parte del ayuntamiento se haya permitido la ampliación de la superficie al aire libre. Siempre respetando la distancia de dos metros entre barras
  • Prohibido el consumo en barra. Sólo en mesa baja y sentado
  • El límite de comensales por mesa es de cuatro
  • Queda prohibido encender la televisión con volumen
  • Prohibido también poner música de ambiente
  • Obligatorio el uso de la mascarilla excepto en el momento de la consumición

Comercio

  • Limitación de aforo al 30% y uso obligatorio de mascarilla
  • Sin colas interiores en parques, galerías y centros comerciales

Actividades culturales

Se permitirán las visitas a museos, a salas de exposiciones, a centros de interpretación, a espacios patrimoniales, siempre con cita previa y sin superar el 40% del aforo y los grupos no pueden superar las seis personas.

También se permitirá la apertura al público de cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, no pudiendo superar el 30% del aforo. 

Actividad deportiva y baile

Para todos los municipios de Extremadura se prohíbe la celebración de competiciones y eventos deportivos salvo las competiciones oficiales federadas de ámbito nacional. El consejero no se ha referido a la asistencia de público, por lo que habrá que esperar a la publicación del DOE.

Se permite la apertura de instalaciones, centros deportivos y espacios para la realización de actividad física o deportiva en espacios cubiertos, de forma individual o grupal siempre que no haya contacto entre las personas, con uso obligatorio de mascarillas y un aforo máximo de un 30%.

En los recintos al aire libre para la práctica deportiva o actividad física sólo se permitirá de forma individual o grupal sin contacto físico, de forma que siempre se asegure la distancia de seguridad.

Se permite la apertura de las academias, escuelas, clubes de baile o danza que desarrollen actividad o impartan enseñanza de baile social, tanto en baile individual como en pareja, que tiene que ser con un conviviente, y grupal, sin contacto físico con las personas, usando mascarilla y con el aforo máximo del 30%.