Tras el aumento de casos de covid-19 en la localidad de Cristina (Badajoz), con unos 552 habitantes, donde se ha disparado la incidencia acumulada, el alcalde Lucas Sancho ha impuesto un toque de queda a partir de las 18:00 horas desde el 7 hasta el 17 de enero, con el que pretende reducir los contagios y paliar la falta de efectivos para controlar a la población, ya que en Cristina no hay agentes de Policía Local ni cuartel de la Guardia Civil. Sin embargo, el toque de queda es ilegal, ya que el regidor no tiene potestad para poner en marcha esa medida. La competencia está en manos de la Junta de Extremadura, una vez que la ha delegado el gobierno central.
La Dirección General de Administración Local de la Junta de Extremadura ya ha comunicado que hará las gestiones oportunas para informar al Ayuntamiento de Cristina de que la franja horaria nocturna solo se reduce desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas, tal y como se ratificó en un decreto el pasado 31 de diciembre. Por tanto, deberá rectificar y acatar la normativa regional.
"No hay ninguna duda de legalidad de que el alcalde no puede imponer el toque queda"
Canal Extremadura ha hablado con el profesor de Derecho Constitucional Juan Antonio Doncel. El docente reconoce que "no hay ninguna duda de legalidad de que el alcalde no puede hacer eso e imponer ese toque de queda". Según ha explicado, el primer edil no tiene autoridad para arrogarse esa limitación, ya que "las competencias municipales no son tan amplias como las ha interpretado". A lo sumo, continúa, podría recomendar a los vecinos que no salgan de sus casas.