13 Febrero 2021, 17:21
Actualizado 13 Febrero 2021, 17:21

El paso fronterizo entre Valencia de Alcántara y la localidad portuguesa de Marvao pasa a tener un horario restringido. Es uno de los lugares afectados por los controles terrestres entre España y Portugal que comenzaron el pasado 31 de enero para contener los contagios de covid-19. Hasta ahora estaba abierto las 24 horas todos los días de la semana, pero a partir del lunes sólo lo estará de lunes a viernes de 7 de la mañana a 9 de la noche, ha informado la Delegación del Gobierno en Extremadura.

Por lo tanto, este paso fronterizo quedará cerrado a partir de la medianoche del domingo al lunes y reabrirá el lunes a las 7 de la mañana. 

El único paso fronterizo en Extremadura que permanece abierto todos los días de la semana y sin límite horario es el de caya, en Badajoz. El de Villanueva del Fresno tiene un horario de 8 a 10 de la mañana y de 7 de la tarde a 9 de la noche de lunes a viernes. Y el paso de Zarza la Mayor tiene un horario de 11 a 13 horas los miércoles y los viernes. 

Controles hasta el 1 de marzo

Estos controles permanecerán, al menos, hasta el 1 de marzo. Solo se autoriza la entrada a Portugal a los ciudadanos españoles y su cónyuge o pareja con la que exista una unión análoga inscrita en un registro público, así como aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo "siempre que viajen con o para reunirse con este", reza la norma aprobada por el Gobierno de España en acuerdo con el gobierno portugués.

Además, se permite el ingreso de residentes en España que acrediten su residencia habitual o en otros estados miembro o asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia habitual, o estudiantes que cursen sus estudios en nuestro país.

También a quienes vayan a transitar o permanecer en el territorio español por cualquier motivo exclusivamente laboral, incluidos los trabajadores transfronterizos, sanitarios y del transporte; a los que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad o por motivos humanitarios.

Por último, podrá entrar el personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales situados en España, así como los participantes en viajes de Estado y los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Fuerzas Armadas, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones.