El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura considera que Valdecañas sí es una Zona Especial de Protección de Aves y rechaza las alegaciones de los promotores del complejo turístico sobre su falta de aprobación. Lo ha determinado en un auto en el que mantiene, además, el plazo de ocho meses para demoler la totalidad de lo construido.
El TSJEx sentencia en su auto que "la inexistencia de un acto administrativo expreso de los órganos de la Comunidad Autónoma de Extremadura de declaración de la ZEPA Embalse de Valdecañas no conlleva que la ZEPA no fuera declarada debidamente a la Unión Europea". Añade que el documento presentado por la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad "no dice que la ZEPA no exista, sino que no consta acto administrativo expreso de declaración, que es una cosa distinta".
De hecho, continúa exponiendo el alto tribunal extremeño, "ni siquiera el escrito de impugnación a los recursos de reposición presentado por la Junta de Extremadura acepta este planteamiento, exponiendo que la ZEPA Embalse de Valdecañas fue comunicada y registrada debidamente ante la Unión Europea".
De esta manera, uno de los argumentos esgrimido por la Junta y los propietarios para intentar paralizar la sentencia de demolición queda anulado y el proceso de derribo sigue adelante. El TSJEx mantiene el plazo de ocho meses en los que el ejecutivo regional deberá realizar un plan de trabajo que culmine con la desaparición del complejo.
Tampoco paraliza el proceso de ejecución de la sentencia el recurso de amparo presentado ante el Tribunal Constitucional o el incidente de nulidad ante el Supremo. En relación a este último, las partes habían esgrimido el hecho de que dos de los magistrados firmantes ya habían formado parte del procedimiento en instancias previas. Un recurso que también ha sido desestimado.
La justicia le da a la Junta, además, un plazo de días para comunicar qué órgano se encargará de coordinar las actuaciones necesarias para proceder al derribo de Valdecañas.
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