La nueva Ley general de telecomunicaciones prohíbe desde hoy el spam telefónico, o sea, las llamadas comerciales no deseadas... aunque hay excepciones:
La primera y mas común es cuando, incluso muchas veces sin saberlo, hemos dado nuestro consentimiento.
La segunda, más difusa, cuando haya un interés legítimo; puede ser por ejemplo porque ya somos clientes y se reciban las llamadas para prevenir fraudes, por seguridad o sobre la calidad del servicio, aunque aprovechan para vendernos algún producto o servicio.
La recomendación: vigilar lo que aceptamos o dar marcha atrás en los permisos según nos dicen el abogado experto en protección de datos, Marcos Municio, y Roberto Serrano de la Unión de Consumidores de Extremadura.
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La ley también impone obligaciones al que nos llama: debe identificarse, aclarar que llama con fines comerciales y darnos la posibilidad de revocar el consentimiento.
Hasta ahora para acabar con esas llamadas no deseadas lo más común era bloquear los números o apuntarse a la lista Robinson para evitar esa publicidad, lista que las empresas deben consultar previamente a la llamada.
Según datos de la Organización de consumidores y usuarios las llamadas más usuales suelen ser de compañías de telefonía, seguidas de energéticas y empresas del sector financiero como seguros, bancos, etc...
Las empresas que incumplan se enfrentan a multas que pueden ir de los 100.000 euros a los 2 millones.
Por lo general la norma ha sido bien acogida por los ciudadanos que suelen quejarse de esas llamadas, sobre todo entre las tres y las cinco de la tarde "cuando están descansando".