Cambio de protocolo en la comunicación de las bajas laborales. El mes de abril llega con novedades importante. A partir de este 1 de abril, los trabajadores no estarán obligados a presentar a su empresa los partes de baja, confirmación y alta. Será la propia Seguridad Social quien remita esta información de forma telemática.
Una medida que se toma con el fin de agilizar los trámites y evitar al trabajador una tarea burocrática, especialmente cuando su situación de baja sea grave. A partir de ahora, es la propia Seguridad Social quien proporciona toda la información de manera telemática a la empresa, mientras que ésta tiene la obligación de transmitir, a través del denominado Sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED) de forma inmediata y, como máximo, en un plazo de tres días hábiles desde la recepción de la comunicación de la baja médica, los datos requeridos para que el trabajador perciba la prestación correspondiente.
En el momento del alta, será la Seguridad Social la que lo se comunicará al Servicio Público de Salud o a la mutua y estos a su vez a la empresa.