23 Febrero 2022, 18:19
Actualizado 23 Febrero 2022, 18:19

 El Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres ha condenado a dos empresarios de la construcción a la pena de un año de prisión por el fallecimiento de un trabajador que murió aplastado por una máquina apisonadora cuando trabajaba en el asfaltado de una calle de la capital cacereña. Ocurrió en 2019.

La sentencia de conformidad les considera autores criminalmente responsables de un delito de homicidio por  imprudencia grave, que consume por progresión, a otro delito contra los derechos de los trabajadores, por infracción de medidas de seguridad, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Asimismo, estos constructores, conjunta y solidariamente con las compañías aseguradoras, deberán indemnizar con 275.000 euros a la viuda, hijos y hermanos del fallecido.

Según los hechos probados, la víctima, único trabajador para el puesto de conductor de dicha maquinaria, dio marcha atrás con esta con la idea de coger impulso para vencer la pendiente de una calle y subir hacia donde debía comenzar el compactado, cuando la llanta trasera impactó contra el bordillo, produciéndose el vuelco de la máquina.

Como consecuencia del vuelco el trabajador sufrió lesiones que le produjeron la muerte por un importante traumatismo torácico con aplastamiento y hemorragia pulmonar grave al quedar aprisionado bajo el vehículo al salir despedido por no contar con sujeción o cinturón de seguridad.

Para el juez, al no contar la máquina, adquirida de segunda mano, con un cinturón de seguridad, el movimiento de tijera realizado por la misma tras el impacto hace que el trabajador caiga al suelo siendo aplastado por la propia maquinaria.

Según recoge la sentencia, los acusados conocían que el informe de evaluación inicial de riesgos laborales databa de 2017 y no estaba actualizado a las circunstancias de la obra.

Además, estos no facilitaron la formación teórica y práctica en trabajos en fuerte pendiente con maquinaria no adaptada y no se analizaron las posibles situaciones de emergencia, ni se adoptaron las medidas necesarias para actuar ante las mismas, en especial, las relativas a la evacuación de trabajadores.

El fallo también confirma la condena a inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e inhabilitación especial para el manejo de maquinaria pesada apisonadora durante el tiempo de la condena; así como al pago de las costas procesales. 

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