El Tribunal Supremo permite que las comunidades de vecinos prohiban los pisos turísticos, siempre que sus estatutos recojan que no se pueden producir actividades económicas en el interior del mismo.
Una decisión que no va a afectar mucho a Extremadura, explica el Colegio de Administradores de Fincas. Desde la Junta aseguran, además, que aunque ha crecido el número de estos establecimientos no hay zonas tensionadas.
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias en las que avala el veto de los ‘apartamentos turísticos’ en las comunidades de propietarios que prohíben expresamente en sus estatutos la utilización de las viviendas para ejercer una actividad económica. Afectaría a edificios con una antigüedad de entre 50 o 60 años, que son en los que se incluían ese tipo de cláusulas.
Según la Ley de Propiedad Horizontal, los vecinos, en sus reglamentos internos, pueden establecer límites horarios, aumentar las cuotas y otro tipo de medidas pero no vetar este tipo de establecimientos.
Extremadura tendrá que estudiar cómo afecta, ha dicho la consejera de Turismo, Victoria Bazaga, pero asegura que no hay ninguna zona tensionada en la comunidad autónoma. Sólo en el último año los apartamentos turísticos han crecido en nuestra comunidad autónoma entre un 30 y un 37% en nuestra región.