El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este lunes una resolución de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio por la que se prorroga la vigencia de la Orden de 27 de marzo de 2020 general de vedas de caza a la temporada cinegética 2022/2023.
El artículo 44 de la Ley 14/20210, de 9 de diciembre, de Caza de Extremadura, establece que la Consejería competente en materia de caza, oído el Consejo Extremeño de Caza, aprobará la Orden general de vedas, que determinará de forma detallada las especies cinegéticas que podrán ser objeto de caza esa temporada; los medios y modalidades de caza permitidas.
También señalará las épocas, períodos y, en su caso, días hábiles de caza según las distintas especies y modalidades; las limitaciones generales en beneficio de las especies cinegéticas y las medidas para su control; y aquellas otras disposiciones que se consideren de interés.
La disposición final segunda de la Orden de 27 de marzo de 2020, general de vedas de caza, establece que la orden tendrá una vigencia limitada a la temporada cinegética 2020/2021, pudiéndose prorrogar por resolución motivada de la Consejería competente en materia de caza.
La Consejería ha destacado que durante los últimos meses, se han recibido distintas recomendaciones de diferentes estamentos como el Comité NADEG, o la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado sobre la necesaria revisión de los periodos de caza de algunas especies de caza menor, lo que implica la necesidad de realizar un detenido análisis de éstos y plasmarlo en la correspondiente Orden General de Vedas.
Sin embargo, en Extremadura se aprobó el Plan General de Caza (PGCEx) en Consejo de Gobierno en su sesión del 29 de marzo de 2016, y con posterioridad se han desarrollado y presentado al Consejo de Caza las memorias de los Planes Comarcales de Ordenación y Aprovechamiento Cinegético de las comarcas VC3 y VC4, comarcas mixtas y de caza mayor.
Éstas recomiendan mantener la presión sobre especies de caza mayor para hacer posible la compatibilización de los usos agroganaderos, el mantenimiento del necesario equilibrio ecológico en las poblaciones de fauna cinegética y silvestre y garantizar el cumplimiento de los planes técnicos de caza aprobados para cotos de caza mayor.
Por ello, partiendo de la información obtenida de los partes globales de la temporada 2020/2021 y de la evolución histórica de capturas desde el año 2004, se hace recomendable prorrogar la vigencia de la Orden de 27 de marzo de 2020 general de vedas de caza para la temporada 2022/2023, hasta el comienzo de la media veda, en que se iniciaría la temporada de capturas de especies de caza menor.
En consecuencia, y teniendo en cuenta que no han variado las circunstancias relativas a especies, épocas, periodos y días hábiles de caza, una vez oído el Consejo Extremeño de Caza, la Consejería ha resuelto prorrogar el plazo de vigencia de la Orden de 27 de marzo de 2020, general de vedas de Caza a la temporada cinegética 2022/2023, hasta el comienzo de la media veda.