3 Diciembre 2020, 13:39
Actualizado 11 Diciembre 2020, 20:57

Gobierno y comunidades autónomas ya han pactado las medidas especiales para la Navidad. El objetivo, flexibilizar las restricciones para permitir los encuentros entre personas queridas en unas fechas tan especiales pero controlando la expansión del virus. El consejero de Sanidad, José María Vergeles, explicó ayer las medidas en rueda de prensa y poco después se publicaba el texto final del acuerdo del Consejo Interterritorial. En base a ellas, te ayudamos a resolver tus dudas:

¿Cuántas personas podemos reunirnos en Navidad?

Depende de la fecha, de la relación entre las personas que se reúnan y el lugar del encuentro. Te lo explicamos:

  • Los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero las reuniones en espacios privados y establecimientos turísticos sin servicio de restauración se amplían a un máximo de 10 personas, incluidos menores de edad. El resto de días se mantienen las restricciones actuales: 6 personas como máximo. No hay límite de núcleos convivientes aunque se sigue recomendando que no sean más de dos diferentes.
  • Si las reuniones se celebran en domicilios privados, quedan limitadas a "familiares y allegados". En establecimientos hosteleros basta con cumplir el máximo de personas establecidas cada día, sin importar la relación entre ellas.

¿Cuántas personas podemos estar juntas en un restaurante?

Según confirma la consejeria de Sanidad a Extremadura Noticias, desde el 14 de diciembre un máximo de 10 personas por mesa siempre que se pueda guardar la necesaria distancia interpersonal. De momento la consejería no ha detallado hasta cuándo estará en vigor la medida.

¿Tengo que presentar algún justificante para reunirme con mi familia en estas fechas?

No. Gobierno y comunidades autónomas no han acordado que haya que presentar ningún tipo de documento, aunque no se descarta que alguna región pueda hacerlo en los próximos días. De momento, se confía en la responsabilidad individual para cumplir la norma.

¿Cómo comprobarán que en mi casa cumplimos las normas?

Las Fuerzas de Seguridad no entrarán en ningún domicilio privado para comprobar el cumplimiento de las medidas, aunque si de una reunión ilegal se deriva algún brote sanitario y se certifica su origen, podría haber consecuencias legales. De nuevo, se confía en la responsabilidad ciudadana.

¿Podemos ir a ver a nuestra pareja si vive en otra comunidad o que él/ella venga aquí?

Sí. Como indicamos anteriormente, las reuniones privadas en las fechas claves de Navidad se limitan a "familiares y allegados", y una pareja puede considerarse persona allegada.

¿Podemos viajar a nuestra segunda residencia?

Sí y no. Sí, en el caso de que esa segunda residencia si está en la región porque dentro de Extremadura hay total libertad de movimiento o si está en Portugal porque las fronteras con otros países no están cerradas. Y no, si esa segunda residencia está en otra comunidad autónoma porque habrá cierre perimetral entre regiones el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021.

¿Podemos pasar unos días en un hotel, en una casa rural?

De nuevo, sí y no. Sí cuando ese alojamiento está en Extremadura o Portugal pero no si ese hotel está fuera, porque el cierre perimetral sólo podrá saltarse por motivos laborales o para visitar a un familiar en su domicilio.

¿El cierre perimetral de las comunidades autónomas afecta a Portugal?

No, no afecta. Las fronteras entre países sólo pueden cerrarse por un acuerdo entre ellos, por lo que podremos visitar Portugal y nuestros vecinos lusos podrán pasar las Navidades en España. Eso sí, una vez allí debemos acatar sus medidas, que no se conocerán hasta dentro de unos días.

¿Puedo viajar a otra comunidad autónoma por motivos laborales?

Sí, cualquier día y a cualquier comunidad. Eso sí, recuerda llevar algún documento de tu empresa que lo acredite para mostrárselo a la Guardia Civil.

¿Nos podemos juntar 10 amigos en Navidad?

Depende. Si os reunís en un bar o en un restaurante no tendréis problema. Si es en un domicilio privado y en las fechas claves de la Navidad (recuerda, 18 de diciembre, 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero), no está claro. ¿Son tus amigos personas "allegadas"? En todo caso, no parece una buena idea. Cada amigo pertenece a un núcleo de convivencia diferente: un caldo de cultivo perfecto, recuerdan los expertos, para que el virus se reproduzca.

¿Qué ocurre con el toque de queda?

Al igual que con el número máximo de personas que se pueden reunir, el toque de queda también se retrasa hasta la 1:30 de la madrugada los días 18 de diciembre, 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero. El resto de días sigue igual que ahora, a partir de las 00:00 en punto de la noche. Pero ojo, no aproveches el retraso del toque de queda para irte a un bar: de 00:00 a 01:30 sólo se puede circular para volver a casa tras la reunión familiar, no para irte de fiesta.

¿Cómo afecta el plan a los usuarios de las residencias?

Se incrementan el número de visitas en estas fiestas tan especiales en todos aquellos centros que no tengan medidas de control por casos positivos de COVID-19. También se permitirá la salida de estos centros a aquellos residentes que no son positivos y quieran estar con su familia. Si el tiempo que el residente ha estado fuera es superior a 24 horas, se le realizará una prueba diagnóstica y estará en vigilancia estrecha a su vuelta al centro.

¿Y a los estudiantes?

Los estudiantes pueden volver a casa como el resto de ciudadanos para reunirse con sus familias. Eso sí, se les insta a limitar las interacciones sociales y extremar las medidas de prevención los 10 días anteriores. Una vez en casa, deben limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre, en lugar de en el interior.

 

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