25 Julio 2022, 19:32
Actualizado 25 Julio 2022, 21:09

La Junta ha publicado este lunes en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) la Orden General de Vedas de Caza para la temporada 2022/2023 en la comunidad, que se ha elaborado con un "gran consenso" de la Administración pública con el sector.

La misma contiene de forma detallada las especies cinegéticas que podrán ser objeto de caza esa temporada, los medios y modalidades permitidas, las épocas, periodos y, en su caso, días hábiles para esta práctica según las distintas especies y modalidades, las limitaciones generales en beneficio de las especies cinegéticas y las medidas para su control.

Veda 2022-2023

Caza menor

Según detalla la norma, el periodo habilitado para caza menor en general comprende desde el 12 de octubre hasta el 6 de enero de cada año durante sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional, estableciendo como excepciones que el conejo, en cualquier modalidad, finaliza el último domingo de diciembre.

Por su parte, la liebre en las modalidades de galgos y cetrería finaliza el tercer domingo de enero y la liebre con galgos y conejo a diente con podencos los días hábiles son jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional. Para las aves de cetrería son días hábiles todos los días de la semana.

Media veda

La media veda se extiende desde el 15 de agosto hasta el 8 de septiembre en horario de 07,00 a 11,00 horas y a partir de las 17,00 durante sábados, domingos y festivos, para especies como la codorniz al salto, paloma torcaz, paloma bravía, estornino pinto, urraca, grajilla, ánade real y zorro en puesto fijo, con las excepciones y limitaciones recogidas en el artículo 2, ha informado la Junta en nota de prensa.

En la publicación de este lunes y en la web de la Junta de Extremadura puede consultarse la orden concreta cuyo texto se caracteriza por haber sido consensuado por el sector y recoger "numerosas alegaciones" presentadas durante su trámite previo, el cual recoge las limitaciones generales en beneficio de las especies cinegéticas y las medidas para su control apoyadas en información técnica y científica.

Así, se han actualizado los periodos de captura teniendo en cuenta tanto el documento KCD (Key Concepts Document - que actualiza la información sobre periodos de reproducción de las especies y que es facilitado por el grupo NADEG (Grupo de Especialistas de la Directiva Aves y Hábitat) dependiente de la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea)-, como el Oficio de conclusiones y recomendaciones de la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado.

La información aportada por estos documentos ha constituido la base para la toma de decisiones respecto a los periodos hábiles de caza y el establecimiento de cupos de determinadas especies de aves, como las palomas o zorzales en Extremadura.

Modalidades y actuaciones sobre la población de tórtolas

En el texto se integran también modalidades, que ya formaron parte de la anterior Orden General de Vedas (OGV) mediante la modificación correspondiente, como la caza de jabalí al salto o demandas del sector, como la posibilidad de entrenamiento de galgos.

También se ha incluido un artículo sobre la alimentación de la fauna cinegética conforme a lo establecido en el Real Decreto 138/2020, de 28 de enero, por el que se establece la normativa básica en materia de actuaciones sanitarias en especies cinegéticas que actúan como reservorios de la tuberculosis (complejo Mycobacterium tuberculosis).

Esta disposición, junto con la Resolución de 22 de junio de 2022 de la Dirección General de Agricultura y Ganadería por la que se declaran áreas de especial incidencia en tuberculosis bovina, así como otras medidas de sanidad animal en tuberculosis caprina, en brucelosis en rumiantes y en determinados espacios cinegéticos (DOE 11 de julio) obedecen al mandato recogido en el R.D. 138/2020, suponiendo una "herramienta importante" en la gestión de las explotaciones hacia una sanidad global (one health).

La OGV mantiene cupo cero para la tórtola. Extremadura es la región "más avanzada" en estudios de gestión adaptativa. Son más de 100 los cotos que han contribuido para hacer posible la obtención de datos y valorar la repercusión de esa gestión en las poblaciones de tórtola, así como la posibilidad de recuperar la caza de esta especie.

"La Junta de Extremadura mantiene el compromiso con el proyecto PIRTE y el convenio con la Fundación Artemisan para continuar con el trabajo iniciado y una vez analizados los datos de esta temporada, se avanzará en el proyecto mediante una demostración piloto de capturas, fundamental para determinar la aplicabilidad del plan adaptativo de caza de la tórtola", ha recalcado el Ejecutivo regional.

Asimismo, ha recordado que la moratoria de caza de la tórtola continua y para volver a poder cazar tórtolas y reflejarlo en OGV será bajo criterios de gestión adaptativa.

Opinión de Fedexcaza

Para la Federación Extremeña de Caza, Fedexcaza, la norma es "todo lo buena que puede ser" teniendo en cuenta que incluye nuevas limitaciones de obligado cumplimiento derivadas de las regulaciones nacional y europea.

Por eso, la federación ha destacado el "enorme esfuerzo" realizado por la Junta de Extremadura y Fedexcaza para alcanzar un consenso en beneficio del sector.

"En términos generales tenemos una muy buena Orden General de Vedas que respecto a los periodos establecidos se armoniza con los de nuestras regiones vecinas", ha considerado el presidente de Fedexcaza, José María Gallardo.

Las novedades más significativas para la temporada 2022/2023 obedecen a la necesidad de adecuar los períodos hábiles de caza de varias especies de aves a las fechas límite establecidas por el Comité NADEG (UE) para dar cumplimiento al precepto de no cazar durante el período de reproducción ni durante el regreso al lugar de nidificación (migración prenupcial). Esto afecta especialmente, ha indicado Fedexcaza, a las tres especies de palomas y a los cuatro zorzales.

Por otro lado, se establece la obligación de presentar un parte de resultados de la media veda, cuya cumplimentación, al igual que la del parte global de resultados de la temporada, se tendrá que hacer a través de la plataforma ARADO.

En cuanto a la caza mayor, se modifica la temporada de rececho de ciervo y gamo y se introduce una nueva regulación de la aportación de alimentación suplementaria a la caza mayor, como consecuencia de la adaptación a la normativa estatal, ha informado Fedexcaza en nota de prensa.

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Comienza la media veda en Extremadura

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