El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha desestimado el recurso de una mujer que solicitaba al SES el reintegro de los gastos médicos derivados de una operación en una clínica privada.
La recurrente se sometió hace 5 años a una intervención quirúrgica en un hospital privado en la que se le colocó una prótesis total de cadera derecha y después solicitó el Servicio Extremeño de Salud el abono de los gastos . El Juzgado de los Social 2 de Cáceres desestimó su pretensión al considerar que la operación no era urgente ni vital, según los informes forense y de inspección médica.
La Sala de lo Social expone que aunque podría discutirse si se produjo una denegación injustificada de la asistencia sanitaria, no es competente sobre la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Añade que la demandante optó libremente por acudir a la sanidad privada pues el mismo mes de diciembre de 2019 en el que es intervenida quirúrgicamente el SES le había citado para unos meses después.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo.