1. ¿Qué es el estado de alarma?
Es un régimen de excepción que otorga poderes excepcionales a las autoridades para afrontar situaciones extraordinarias, como epidemias.
2. ¿Qué medidas permite?
Entre otras, limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados.
3. ¿Cómo se pone en marcha?
El gobierno lo declara mediante un decreto acordado en Consejo de Ministros, y entra en vigor tras su publicación en el BOE.
4. ¿Cuánto dura?
En principio un máximo de 15 días y puede ser prorrogado con la autorización del Congreso.
5. ¿Se ha decretado alguna vez el estado de alarma?
Sí, ya es la cuarta vez. La primera fue en 2010 con la crisis de los controladores aéreos; la segunda, entre marzo y junio, por la pandemia y la tercera, también por la crisis sanitaria, en las últimas dos semanas, en Madrid.
6. ¿Se puede hablar de toque de queda?
No, no existe esa figura en nuestro ordenamiento jurídico. De hecho, tiene una connotación militar y la última vez que se utilizó fue en el golpe del 23F. Era uno de los puntos del bando del General Milans del Bosch, que no tenía base legal ni constitucional.
7. ¿De qué podemos hablar entonces en Extremadura?
Se espera que se apruebe una restricción de la movilidad en horario nocturno, entre las 00.00 y las 06.00 horas. La medida la aprobará la Junta una vez en marcha el Estado de Alarma y entrará en vigor tras publicarse en el DOE.