Montijo, Badajoz
28 Junio 2022, 11:39
Actualizado 28 Junio 2022, 11:39

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Mérida ha absuelto al alcalde de Montijo, Manuel Gómez, de un delito continuado de prevaricación administrativa, por diferentes contrataciones irregulares en el Ayuntamiento y para el que la fiscalía pedía 13 años de inhabilitación. Según recoge la sentencia, esta no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

En la causa se señala como hechos probados que Manuel Gómez Rodríguez ha ocupado el cargo de alcalde de la localidad y desempeñado las funciones correspondientes, durante un período de tiempo que comprende, al menos, los años 2017, 2018 y 2019. Durante tal período dio órdenes directas a sus subordinados, a fin de que se procediera a la contratación de varios personas, prórroga de contratos y procesos selectivos, entre otras. Que por parte del secretario interventor del Ayuntamiento se remitieron sucesivas notas de reparo mensuales por entender vulnerados los principios y normas rectores para el acceso al empleo público.

Sentencia absolutoria

Sin embargo, el tribunal no aprecia que exista suficiente prueba de que se haya producido una conducta antijurídica del acusado, y, por tanto, solo es posible dictar una sentencia absolutoria. Asegura que no es suficiente que una resolución no sea adecuada a derecho para que constituya un delito de prevaricación, ya que no todo acto administrativo ilegal debe ser considerado penalmente injusto.

Además, añade que a la vista de los documentos y el resto de prueba practicada no es posible afirmar que concurran en la actuación del acusado los requisitos precisos para entender cometido el delito del que se le acusa al alcalde de Montijo. Asegura que su actuación no puede calificarse como contradicción patente, notoria e incuestionable con el ordenamiento jurídico ni ha tenido una especial repercusión o afectación sobre la comunidad atacando los intereses generales, ni se aprecia que se actuó con la finalidad de hacer efectiva la voluntad particular del acusado, o que actuara a sabiendas de su injusticia.

Más Información
Imagen
Manuel Gómez, alcalde de Montijo
my image

El alcalde de Montijo, a juicio por presuntas contrataciones ilegales