La Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a un hombre a cuatro años y medio de prisión por los delitos de falsedad contable, estafa e insolvencia punible, entre otros por ofrecer “una imagen distorsionada” frente a terceros de la real situación de la empresa que administraba.
La sentencia de la Audiencia pacense, remitida por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), considera probado que el acusado, que ejercía como administrador social único de una una constructora llevó a cabo “una ilícita despatrimonialización” de la empresa, con perjuicio de sus acreedores.
De esta forma, señala que en las cuentas sociales correspondientes a los ejercicios 2011 y 2012 “existen graves irregularidades contables, relevantes en tanto que intencionadamente ofrecían una imagen distorsionada frente a terceros de la real situación económica y patrimonio” de la empresa.
Para ello se sirvió de dos vías: la “sobrevaloración de determinados activos” y la utilización “para incrementar el patrimonio neto de la empresa” de un ingreso contingente “obtenido en una ejecución judicial provisional”.
En este último caso, el administrador social conocía la existencia de una sentencia que, si bien reconocía inicialmente una reclamación económica por sus servicios en la construcción de una planta de biodiesel, quedó paralizada la ejecución provisional al estar considerada la cantidad como crédito concursal.
Esa suma, de más de 6,34 millones de euros, se acordó judicialmente reintegrar a la masa concursal.
Consciente de esta forma de que la sentencia era “desfavorable” para la firma, “no informó sobre ello ni en las cuentas anuales de 2011 ni en las de 2012”, dando frente a terceros “una imagen no ajustada a la realidad de la depauperada situación patrimonial de la empresa”.
Incluso conocedor de la provisionalidad de la adjudicación de la suma monetaria, el acusado la incorporó al patrimonio societario, destinando buena parte “en su propio beneficio y al de sus familiares directos” a la cancelación de préstamos personales o al reparto indebido de dividendos, entre otros.
El acusado además “siguió subcontratando obras con otras mercantiles” pese a ser consciente “de que no iba a poder pagar esas obras”.
Por todo ello, la Audiencia condena al hombre a las penas de un año y seis meses de prisión por un delito societario de falsedad contable, de un año por insolvencia punible, y de dos años por estafa, y deberá indemnizar con 570.981 euros a una empresa a quien subcontrató obras, importe coincidente con la cantidad que le dejó impagada.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida.