3 Noviembre 2021, 12:30
Actualizado 3 Noviembre 2021, 15:54

Delito continuado de abuso sexual, agravado por la minoría de edad de la víctima y la relación de parentesco con el agresor y atenuado por la indemnización de 6.000 euros abonada por el condenado. El resultado, ocho años y medio de prisión, prohibición de aproximación y comunicación con la víctima durante 15 años y medio y libertad vigilada de cinco años cuando el condenado salga de prisión. Es el fallo y la pena que enjuicia definitivamente ocho años de pesadilla.

Una pesadilla que comenzó en 2004 en un municipio de la provincia de Cáceres. Según relata la sentencia en sus hechos probados fue entonces, cuando la víctima apenas contaba con 7 años de edad, cuando su padre abusó de ella por primera vez. Ocurrió en el baño de la casa cuando el agresor, tras desnudarse, "se situó detrás de ella y la penetró analmente con su pene, llegando a causarle dolor, si bien no consta que le provocara alguna lesión".

El delito, desde entonces, se repitió durante años en otras dependencias de la casa. En la despensa cercana a la cocina, añade el texto judicial, "en unas ocasiones le pedía a la niña que le tocara el pene con su mano, consiguiendo que lo hiciera; en otras sentando a su hija encima de él, se bajaba la cremallera, bajaba a Rocío (nombre ficticio) el pantalón y la braga, y restregaba su pene contra sus nalgas, llegando a penetrarla analmente; y también en otras ocasiones introducía su mano en la zona íntima de la menor y acariciaba sus genitales; todo ello pese a la negativa de Rocío".

Por último, en la finca donde trabajaba el abusador, "tras bajarle a Rocío los pantalones y agacharla, la penetró con su pene analmente, causándole dolor". 

Del "asco y la vergüenza" a la denuncia

Episodios de terror familiar que remitieron en parte cuando la víctima cumplió los quince años. Coincidiendo con el inicio de una enfermedad que lo deterioró físicamente, Evelio pasó a "propinar caricias inconsentidas, pidiéndole besos en los labios, que ella rechazaba, y haciendo que viera con él películas pornográficas". 

Maniatada por su sentimiento de "asco y vergüenza", Rocío no contó a nadie lo sucedido hasta que cumplió la mayoría de edad. Fue entonces cuando, tras un nuevo intento de su padre por besarle, decidió confesar a su madre los hechos, pero aún no se atrevió a denunciar ante la justicia a su agresor.

Una decisión que consiguió tomar tras ir a la Universidad y conseguir la complicidad y comprensión de su compañera de piso. Entonces comenzó el periplo judicial que hoy acaba con el respaldo judicial del Tribunal Supremo, que ratifica la condena ya impuesta por la Audiencia Provincial de Cáceres. Los tribunales han optado por calificar los hechos como abuso sexual por no considerar que existiese la "fuerza o intimidación" necesaria en una violación.

Un relato creíble, coherente y sin "intenciones espúreas"

El tribunal, no obstante, considera el relato de Rocío plenamente creíble, coherente, carente de "intenciones espúreas y respaldado por distintos informes periciales". Uno de esos informes está redactado por la psicóloga que la atiende en el Centro de Mujeres Jóvenes Víctimas de Violencia donde ahora reside la víctima.

En él se describe el trauma "de extraordinaria gravedad", lo que provocó que llegase a despertarse cada mañana "aterrorizada, gritando, llorando, temblando y convulsionando todo el cuerpo". Aún hoy, asegura la psicóloga, Rocío "es una mujer retraumatizada y que todavía sigue revictimizando todos los días los abusos que ha sufrido".

Desgraciadamente, la condena judicial no cierra todas las heridas de ocho años de terror.