6 Diciembre 2020, 15:18
Actualizado 6 Diciembre 2020, 15:18

Sanidad lo anunció el viernes y ya está publicada. Los hosteleros extremeños cuentan desde ya con una guía de asesoramiento de uso de terrazas. Atención porque no todos los espacios exteriores son considerados terrazas.

La guía define perfectamente qué es una terraza y qué no lo es. La clave está en que como máximo tiene que haber dos paredes.

Espacio exterior completamente abierto. Sí es terraza

Terraza abierta

 

Este espacio, por ejemplo, es considerado terraza. Está completamente abierto. El aire aquí se renueva constantemente por lo que en espacios como éste se permite un aforo del 50%, teniendo en cuenta, además, que cada persona debe contar con 2,5 metros cuadrados.

Espacio exterior parcialmente abierto. Sí es terraza

Terraza semicubierta

 

Este espacio también es considerado una terraza. A simple vista vemos que tiene dos paredes, pero la particularidad es que los otros dos laterales están abiertos completa o parcialmente por lo que aquí también el aire se renueva constantemente. Aquí también hay un aforo máximo del 50%, teniendo en cuenta, además, que cada persona debe contar con 2,5 metros cuadrados.

Espacio exterior completamente cerrado. No, no es terraza

Espacio exterior no considerado terraza

 

No sucede así aquí. Este espacio a pesar de estar en la calle no es considerado terraza. Está cerrado casi por completo por lo que al no circular el aire constantemente es considerado interior. El aforo total permitido es del 40%, además cada persona debe contar con 3 metros cuadrados.