El 60 % de los consumidores que realizan pagos en establecimientos lo siguen haciendo en efectivo. A pesar del auge de las tarjetas de crédito y los dispositivos móviles, la mayoría continúa apostando por billetes y monedas. Sin embargo, algunos comercios no aceptan este medio de pago.
Desde el Ministerio de Consumo ya se están imponiendo las primeras sanciones a establecimientos que se niegan a aceptar pagos en efectivo, una práctica prohibida por la ley salvo en operaciones que superen los límites establecidos para prevenir el fraude fiscal.
Banco de España y el Central Europeo defienden en uso de efectivo
El Banco de España y el Banco Central Europeo defienden el uso del efectivo como principal medio de pago, destacando su privacidad, rapidez, seguridad, control del gasto y su papel clave en la inclusión social. Solo puede rechazarse si lo permite una normativa específica o existe un acuerdo entre las partes.
En casos excepcionales, el comercio debe justificar claramente por qué no acepta efectivo, como por ejemplo por riesgo ante grandes cantidades o imposibilidad real de devolver el cambio.
Por el contrario, obligar al pago en efectivo y rechazar el electrónico sí es legal, aunque no recomendable. En cualquier caso, el establecimiento debe informar previamente si no acepta tarjetas o qué tipos de tarjetas no admite.
Las sanciones pueden llegar a los 100.000 euros
Las sanciones pueden alcanzar los 100.000 euros. Según el artículo 48 de la normativa, se contemplan multas de entre 150 y 10.000 euros para infracciones leves, y de entre 10.000 y 100.000 euros para infracciones graves o flagrantes.
Además, estas sanciones pueden incrementarse entre dos y cuatro veces, o incluso entre cuatro y ocho veces, en función de los beneficios ilícitos obtenidos.