La Orden TMA 277 establece que los alojamientos turísticos que prestan servicios esenciales “se mantendrán cerrados al público en general, pero deben permitir el alojamiento de aquellos trabajadores que deban realizar labores de mantenimiento, asistencia sanitaria, reparación y ejecución de obras de interés general, abastecimiento de productos agrarios y pesqueros ...”.
En todo caso, estos establecimientos tendrán que observar las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad, tendentes a evitar el contagio del COVID-19. Asimismo, estos establecimientos permitirán el alojamiento de personas que deban desplazarse para atender a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad, personas especialmente vulnerables o con necesidades de atención sanitaria. Y por supuesto las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.
Consulta aquí qué alojamientos turísticos están de guardia en Extremadura para los trabajadores (pincha en cada icono del mapa).