Desde el pasado sábado, el uso de la mascarilla es obligatorio en Extremadura incluso cuando se pueda cumplir la distancia de seguridad. Una ampliación de la obligatoriedad que, sin embargo, recoge algunas excepciones y genera también algunas dudas entre la población. Te ayudamos a resolverlas:
¿Debo llevar mascarilla en la piscina?
Sí, el uso de las mascarillas es obligatorio también en las piscinas tanto públicas como privadas, excepto en el vaso de baño. Antes y después del chapuzón, debes volver a ponértela.
¿Qué ocurre en las terrazas y en los bares?
Una de las grandes dudas de la nueva Resolución tiene que ver con los establecimientos hosteleros. La Resolución de la Junta no hace ninguna mención específica a este sector, así que debe acogerse a la norma general. Es decir, al tratarse de un espacio abierto al público, las personas que estén dentro deben usar la mascarilla.
En rueda de prensa, el consejero de Sanidad especificó que, en el caso de que sólo se vaya a beber, la mascarillas sólo debe quitarse para ingerir la bebida, pero en el caso de que se vaya a comer, no sería necesario llevarla puesta durante todo ese tiempo. Sin embargo, la Resolución no hace mención alguna a esa distinción.
¿Mascarilla para caminar?
La breve Resolución recoge que "tampoco será exigible (el uso de la mascarilla) en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre". Aunque en documentos explicativos posteriores, la Junta diferencia entre andar (donde sería necesaria mascarilla) y correr (donde no sería obligatoria), en el texto no se hace distinción alguna.
Si organizo una reunión en mi casa, ¿todos debemos llevar mascarillas?
La obligatoriedad de las mascarillas sólo es extensiva a espacios públicos o de acceso público. En espacios privados, como una casa, se limita a "recomendar" el uso de la mascarilla "cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aun cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad".
¿Debo llevar mascarilla aunque trabaje con temperaturas muy altas o haciendo un gran esfuerzo físico?
Es la pregunta que pueden hacerse, por ejemplo, albañiles o agricultores. En el apartado de excepciones, la Resolución recoge que "tampoco será exigible en el caso cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias". Por tanto, será necesario que las autoridades sanitarias desaconsejen el uso de mascarilla en ese tipo de labores.