Promocionamos y difundimos el trabajo de grupos extremeños emergentes de diferentes estilos musicales.
Con Pepe Rades.
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Con Pepe Rades.
Organizar una buena jornada de caza empieza mucho antes del disparo. Los puestos no se improvisan, se levantan poco a poco sin alterar la rutina de los patos, que rehúyen cualquier cambio repentino. La confianza en la charca es la base del éxito.
Ahí entra en juego la dedicación del gestor, conocer cada recoveco del humedal y saber en que punto entran las aves. Su trabajo constante en el coto garantiza que la experiencia sea tan única que los cazadores siempre quieren repetir.
El resultado de ese esfuerzo se refleja también en los conteos. Realizarlos a la misma hora que la tirada, garantizan que lo que se promete coincida con lo que llega.
El jabalí despierta una pasión especial entre los cazadores, situándose muchas veces por encima de venados, gamos o muflones.
Su carácter astuto y desconfiado convierte cada encuentro en un reto de inteligencia y paciencia.
El lance al jabalí es siempre imprevisible y necesario los perros de las rehalas para sacarlos de sus encames, algunas veces aparecen de improviso, y casi siempre arremeten con bravura y ponen a prueba la serenidad del cazador y la valentía de los rehaleros, que prestos van a los agarres para ayudar a sus valientes perros de las rehalas para que nos lo hieran.
La abundancia de jabalí en los últimos años, los convierten en protagonistas habituales de monterías y aguardos, manteniendo vivo el pulso cinegético todo el año. Cazar un buen macho, viejo y resabiado es todo un reto.
Cita informativa con la actualidad extremeña más destacada.
Alicia Senovilla llega a Extremadura para presentar el concurso más divertido del canal autonómico. Más música, más diversión y, sobre todo, un mayor compromiso con la divulgación y la promoción de las formas de vivir, las curiosidades, la cultura, las aficiones y las tradiciones de las extremeñas y los extremeños. Un concurso de contenido cercano y ameno para jugar desde casa y con un bote que está por encima de los 30.000 euros. Juega en familia de lunes a viernes, a las 21:30.
Con Alicia Senovilla.
‘El Paseíllo’, dirigido por Víctor Molino, se emitirá los martes a las 21:05 horas y acercará al público la actualidad del mundo taurino y ecuestre desde un enfoque divulgativo y ligado al territorio.
Escucha las últimas noticias de Extremadura y todo lo que sucede en la región a través de los boletines informativos de Canal Extremadura.
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Un espacio para la población senior. Abordamos asuntos de actualidad, temas sobre salud y envejecimiento activo, literatura, música, historia, artesanía o cine.
Con Guadalupe Jerez.
La Audiencia Nacional ha anulado los dos años de inhabilitación que impuso en julio de 2024 el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) al extremeño Pedro Rocha cuando este era presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF).
Así lo acuerda en una sentencia el magistrado del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo Número 2, Luis Alfredo de Diego y Díez, que estima la demanda de Rocha "al considerar contraria a derecho la resolución impugnada".
En consecuencia, el juez anula la decisión del TAD y ordena retrotraer las actuaciones al momento anterior a la resolución sancionadora para que "el TAD valore y tenga en cuenta las alegaciones y pruebas presentadas por el actor frente a la propuesta de resolución y vuelva a resolver con libertad de criterio, pero conforme a derecho".
Fue en julio de 2024 cuando el TAD impuso a Rocha dos años de inhabilitación para ocupar cargos en cualquier federación deportiva por una infracción muy grave de abuso de autoridad, por el cese de Andreu Camps como secretario general de la Federación, así como 33.055 euros de multa por la rescisión del contrato con la empresa GC Legal y la personación de la RFEF en el 'caso Supercopa' que investiga un juzgado de Majadahonda (Madrid).
Rocha recurrió la resolución al entender que era "contraria a derecho, basándose en motivos de nulidad tanto formales (vicios de procedimiento) como de fondo (inexistencia de la infracción y falta de culpabilidad) y, subsidiariamente, pedía una rebaja "sustancial" de las sanciones al considerarlas "desproporcionadas", según recoge la sentencia.
El exdirigente vio vulnerado su derecho fundamental a ser oído tras la propuesta de resolución y sostuvo que el TAD dictó la sanción sin escuchar sus alegaciones. Por su parte, la Abogacía del Estado se opuso a la demanda de Rocha y pidió que fuera desestimada, defendiendo que la resolución del TAD era legal.
El juez señala que "el TAD no analizó las alegaciones" de Rocha " a la propuesta de resolución y las pruebas acompañadas, que fueron remitidas por conducto legal en tiempo y forma. "Tiene razón el actor en su queja de indefensión", indica el juez, que subraya que "la obligación de la Administración de resolver en plazo no puede ejercerse a costa de suprimir derechos fundamentales del ciudadano".
A su juicio, "la conducta del TAD revela una falta de buena fe y lealtad procedimental", ya que "el principio de buena administración y la obligación de actuar conforme a la legalidad hubieran exigido, como mínimo, dejar sin efecto el acuerdo y proceder a una nueva deliberación y resolución que tuviera en cuenta los argumentos y pruebas presentados por el expedientado".
El pasado noviembre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional avaló la inhabilitación decretada por el TAD, tras la petición de Rocha para paralizar de forma cautelar la sanción con el fin de poder presentarse a las elecciones de la RFEF.
Los magistrados consideraron que, "de acordarse la medida cautelar y continuar el interesado en el cargo de presidente de la RFEF", había "riesgo real" de que las conductas por las que fue inhabilitado "puedan reiterarse, con la consiguiente lesión grave a los bienes jurídicos que la normativa disciplinaria trata de proteger".